Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1861-1862 (Cortes de 1858 a 1863)
Sesión: 6 de diciembre de 1861
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 10, 68, 70 a 72
Tema: Acta de Verín. Elecciones

El Sr. SAGASTA: Pido la palabra en contra. [ 70]

El Sr. PRESIDENTE: La tiene V. S.

El Sr. SAGASTA: Siento mucho haber distraído al Congreso en estos momentos con la lectura de esa exposición. Hubiera deseado también haberle ahorrado la lectura, tomándome la molestia de referir los hechos tales como pasaron en la elección de Verín; pero la verdad, no he tenido valor para distraer por mucho tiempo la atención del Congreso esperando, como espera, debates más importantes.

De cualquier modo que sea, resulta que el dictamen puesto a discusión demuestra que la influencia que se llama moral se ha ejercido en todas las esferas, en todos los ramos, de todas las maneras hasta ahora conocidas, y de una manera hasta aquí desconocida. La influencia moral se ha vestido aquí, como dice muy bien la exposición, si no he oído mal, pues desde aquí no se entendía muy bien al señor Secretario; la influencia moral, digo, se ha vestido con cota de malla, casco y lanza, y así se ha ejercido en esta elección, convirtiendo a los colegios electorales en campamentos militares; de manera que este nuevo carácter que toma aquí la influencia moral; este nuevo carácter que se da aquí a los trabajos inmorales de las elecciones, es sumamente grave, Sres. Diputados. Por eso era necesario que se levantara aquí una voz para protestar contra ese escándalo para que no se cometa en lo sucesivo. Irritantes son, señores, todas las coacciones, vengan de donde vinieren; pero lo son más todavía, cuando se les revisten de un carácter militar; cuando los derechos de los ciudadanos se van a cumplir entre bayonetas. A llamar la atención sobre este hecho es a lo que se encaminan mis palabras.

Yo siento que haya venido el dictamen de la comisión hoy, al segundo día de discutirse el proyecto de contestación al discurso de la Corona, cuando los Diputados, cuando el país, cuando todo el mundo se prepara a examinar la política general del Gobierno, y no va a ocuparse de la conducta que hayan podido observar las autoridades de ese mismo Gobierno en un punto determinado. Por esto yo no entraré en el fondo de esta cuestión, y me limito única y exclusivamente a hacer una solemne protesta contra estos medios, que si se llegan a generalizar, se harán las elecciones en adelante pasando los electores por medio de filas de soldados o de columnas armadas.

Ya sé yo que el dictamen de la comisión se aprobará; ¿pues no ha de aprobarse, si se han aprobado otros peores que ese, aunque no con el carácter de gravedad que distingue al presente? Pero eso no impide que yo me haya creído en el deber de levantarme para protestar aquí contra semejante abuso.

No tengo más que decir.

El Sr. BENEDITO: Pido la palabra?

... y concluyo suplicando al Congreso se sirva aprobar el dictamen de la comisión.

El Sr. SAGASTA: Pido la palabra. Yo no quería entrar en el examen del acta; pero un individuo de la comisión se ha levantado a defender el dictamen, y ha hecho lo que yo no quería hacer. Los electores piden, como acaba de oír el Congreso, que se les conceda un plazo para practicar la información que ofrecen, y dice la comisión: ¿por qué no la han practicado antes? Porque no han podido, porque los jueces de primera instancia se niegan a admitir estas informaciones si no les manda el Gobierno que las admitan, y además porque hasta hace poco tiempo no se reemplazó el juez que intervino en la elección; ¿y cómo habían de hacer la información ante un juez que había intervenido en las operaciones electorales?

Pero hay además otra circunstancia, y es que se presentó una protesta por los electores en tiempo oportuno y no se admitió; la mesa se negó a admitirla bajo el pretexto [71] de que no se refería a hechos de la mesa, sino a arbitrariedades cometidas por las autoridades. Por consiguiente, a unos electores a quienes se les niega el derecho que les concede la ley electoral, que tienen que acudir al juez que ha intervenido en la elección, que saben que los jueces de primera instancia se han negado en caso análogos a admitir informaciones sin orden del Gobierno, no han podido hacer de ninguna manera lo que ahora pretenden solicitando un plazo para ellos. No me parece que puede haber duda sobre esto; y si no, ahí está el Gobierno que puede decir terminantemente que los jueces de primera instancia tienen obligación de admitir siempre esta clase de informaciones, para que cuando los electores acudan a ellos, no se nieguen como hasta aquí.

Además, la comisión no se ha hecho cargo, ni yo tampoco, del número de empleados que se han destituido por esa elección a consecuencia de la cual casi todos los empleados que había en las inmediaciones del distrito han quedado cesantes siendo reemplazados precisamente por los agentes que han trabajado en la elección; esta ha sido su recompensa. Si esto es natural, si esto es lícito, no he de decirlo yo, lo dirá el país.

El Sr. BENEDITO: No es exacto lo que ha manifestado el Sr. Sagasta respecto a que los jueces de primera instancia no reciben justificaciones sin orden del Gobierno. Hay muchos ejemplos de lo contrario, y yo puedo citar uno muy reciente, porque se refiere a un Diputado de mi provincia que se sienta en el Congreso, en que habiéndose negado el juez de primera instancia a recibir la información, se apeló de ese auto a la audiencia; y el tribunal superior, con la imparcialidad que los tribunales superiores acostumbran, revocó el auto del juez y mandó admitir la justificación. Como este caso, pudiera citar otros muchos que acuden a mi memoria.

Se ha hablado también de que se separó a algún empleado. Cosa de poca importancia sería; yo puedo decir que no habría gran interés en separar funcionarios o empleados, cuando la persona que presidía la mesa era precisamente del partido o de la influencia del candidato vencido.

No creo que es necesario decir más.

El Sr. SAGASTA: Pido la palabra. Para que vea el Congreso quien ha estado en la exactitud, repare que se ha empezado por negar que algunos jueces de primera instancia no hayan querido admitir informaciones, y después ha reconocido el señor individuo de la comisión que se han negado, y los electores han tenido que acudir a la audiencia. ¿Qué necesidad había de esto? Además, yo puedo citar un caso en que la audiencia ha confirmado el auto del juez. El juez de primera instancia de Gerona se negó a admitir una información, los electores acudieron a la audiencia, y la audiencia confirmó el auto del juez.

Pero sobre todo, si esto es muy grave, y ya no entro en el dictamen de la comisión, ¿por qué calla el Sr. Ministro de Gracia y Justicia? ¿Por qué, si ha habido jueces que se han negado, no hace el Sr. Ministro de Gracia y Justicia una declaración terminante? Claro es que si no lo hace, los jueces se seguirán negando a admitir esa clase de informaciones.

El Sr. BENEDITO: Contestaré al Sr. Sagasta que los jueces de primera instancia pueden negarse a admitir informaciones cuando éstas son imprudentes; y tanto es así, que hoy penden en la comisión de Actas algunas en que hay informaciones negadas y bien negadas, y otras admitidas. Vea el Sr. Sagasta cómo no se opone en nada a lo que yo he tenido la honra de exponer al Congreso el que en alguna ocasión se hayan negado los jueces a admitir tales justificaciones.

El Sr. SAGASTA: Pido la palabra, Sr. Presidente. Hasta ahora no sabía yo que el Sr. Benedito fuese Ministro de Gracia y Justicia; le doy la enhorabuena por ello. Dirijo una pregunta al Sr. Ministro de Gracia y Justicia con tanto más motivo, cuanto que ha habido casos en que el Congreso ha autorizado a un juez de primera instancia para recibir una información. Pues yo deseo que el Sr. Ministro de Gracia y Justicia nos diga terminantemente si los jueces pueden negarse o no: es una declaración importante para el sistema representativo, porque desde el momento en que los jueces puedan negarse a admitir esta clase de informaciones se acaba la libertad, se acaba la legalidad de las elecciones. Yo deseo que el Sr. Ministro de Gracia y Justicia declare si deben o no los jueces de primera instancia negarse a recibir esta clase de informaciones, en la seguridad de que si calla, autoriza el abuso.

El Sr. PRESIDENTE: Se procede a votar el dictamen de la comisión.

El Sr. SAGASTA. Pido la palabra, Sr. Presidente. Cuando un Diputado dirige una pregunta al Gobierno, el Gobierno, por cortesía, ya que no por otra cosa, está en el deber de contestar, y si no quiere hacerlo, que lo diga; y si puede, que lo haga.

El Sr. PRESIDENTE: Sr. Sagasta, el Diputado tiene el derecho de hacer preguntas a los Ministros; pero los Ministros no tienen la obligación de responder a ellas, si así lo estiman como conveniente.

El Sr. SAGASTA: El Ministro, Sr. Presidente, tiene al menos el deber de decir si puede o no puede contestar al Diputado; esa cortesanía se le debe a todo el mundo, mucho más a un Diputado, a un Representante de la nación.

El Sr. PRESIDENTE: Sr. Diputado, no hay cuestión sobre esto; no permito que V. S. continúe.

El Sr. SAGASTA: Lo que no debía permitir V. S. es que se faltase al respeto y a la consideración a ningún Diputado; eso es lo que no debía permitir S.S. sentado en ese sitial.

El Sr. PRESIDENTE: Repito, Sr. Sagasta, que el Diputado tiene derecho para dirigir preguntas a cualquiera de los Sres. Ministros; pero estos no tienen obligación de contestar. Aquí no hay falta al respeto debido a los Sres. Diputados; si la hay, el Congreso juzgará.

No habiendo ningún otro Sr. Diputado que tuviese pedida la palabra, al preguntarse por un Sr. Secretario si se aprobaba el dictamen, se pidió por el Sr. Sagasta y suficiente número de Sres. Diputados que la votación fuese nominal, y verificada ésta, resultó aprobado por 112 votos contra 70, en la forma siguiente:?



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